El primer juicio por jurados en la provincia, ya se inició en Paraná, en el marco del legajo “Caminos, Carlos Ivan S/Homicidio Simple”. Será transmitido en vivo y en directo por el Canal de YouTube del Servicio de Información y Comunicación del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.
El vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Pablo Virgala será el juez que llevará adelante la audiencia. Por el Ministerio Público Fiscal participarán los fiscales Santiago Brugo y Juan Malvasio; el abogado Javier Aiani patrocinará al acusado y como querellante estará el abogado Javier José Francisco Barbagelata Xavier. Se realizará en el salón de actos del Superior Tribunal de Justicia.
En la audiencia del primer juicio por jurados en la provincia se encuentran presentes el Pte de la Sala Penal Miguel Giorgio, los Vocales Daniel Carubia, Emilio Castrillon, las Vocales Claudia Mizawak y Susana Medina; el Defensor General Maximiliano Benitez y la ministra de Gobierno y Justicia de la provincia Rosario Romero.
Carlos Iván Caminos está acusado del crimen de Milton Luna de 25 años, asesinado a balazos en abril de este año en esta capital.
Hoy y de acuerdo a las disposiciones de la ley para el funcionamiento del instituto, y a través de la audiencia denominada voir dire, fueron seleccionados los 12 ciudadanos titulares y 4 suplentes (en igualdad de género), que intervendrán en el juicio como jurados. En la misma se aplica un mecanismo de exclusiones, para obtener en jurado imparcial e independiente que actuará en el caso concreto que se juzga.
Las audiencias del juicio se desarrollarán entre el miércoles y el viernes que se conocerá el veredicto: “culpable o no culpable” y deberá ser por unanimidad. En caso de que el jurado no esté de acuerdo en su totalidad, se deberá llevar adelante una nueva discusión.
Sobre la ley
La ley de Juicio por Jurados fue promulgada el 8 de noviembre de 2019 bajo el número 10.746 luego de que la Cámara de Diputados y el Senado la sancionaran por unanimidad en cada caso. La vigencia de la ley da cumplimiento a los artículos 24 y 75 (incisos 22 y 118) de la Constitución Nacional y al artículo 22, inciso 23 de la Constitución provincial.
El Jurado, compuesto por 12 personas titulares y 4 suplentes, intervendrá en los delitos graves con penas de 20 años o más. Será dirigido por un solo juez penal, que podrá ordenar que haya más suplentes de acuerdo a la gravedad, duración y/o complejidad del caso. El panel del jurado titular y suplente deberá estar integrado siempre por mujeres y hombres en partes iguales. Los ciudadanos convocados a integrar un jurado deben presentarse obligatoriamente en tanto se trata de una carga pública.